miércoles, 12 de noviembre de 2008

NOBLEZA

El entrañable diario de mi pueblo informa hoy de una sentencia del Tribunal Supremo, que debe ratificar el Borbón con su firma, por la que se restituye a Soledad Ruíz de Lihory el título de Baronesa de Alcalalí, que su familia ostentó desde 1.766 hasta 1.962, año en el que renunciaron a el, sin que nos aclaren como ni porqué, y que en 1.966 fue a parar a la familia Manglano, situación que ahora ha revertido el Supremo.

La nobleza es, además de un atributo del carácter que, cuando va acompañado de hechos notables, se aproxima a la excelencia, una nómina que agrupa a los descendientes que heredaron esa calificación de sus ancestros, que algo harían para merecerla, unos por fidelidad al rey, otros por contribuir a acuchillarlo y obtener así prebendas de su sucesor.

Al parecer, en los años mas crudos del hambre, un número indeterminado de nobles vendieron el derecho a usar su título de nobleza en las etiquetas de vino, de modo que los interesados en la heráldica no necesitan acudir al Archivo del Reino para satisfacer su curiosidad histórica, sino que les basta con situarse frente a los anaqueles del vino de cualquier centro comercial.

Allí encontrarán una fabulosa colección de emblemas, escudos y titulos nobiliarios en las etiquetas, aunque para poder hacer su trabajo deberán expurgar, primero, aquellas botellas que por la doble condición de bodegueros y nobles de quienes las elaboran, no ofrecen dudas sobre su autenticidad, de las que exhiben nombres de marquesados y baronías, porque las compañías que las comercializan compraron ese derecho, y finalmente, desechar las numerosas botellas que circulan por ahí con nombres inventados que ofrecen la sonoridad de los títulos de rancio abolengo, pero no aparecen registrados en la nómina oficial que los autentifica.

Sin ánimo de molestar, el hecho de que los Ruiz de Lihory renunciaran en 1.962 a esa baronía y que, cuatro años mas tarde, los Manglano –quienes, después de ser despojados por un tribunal de ese título, aún conservarán en el seno familiar otro par de baronías y un condado-- accedieran a el, parece indicar que había un mercado donde esos papeles se compraban y vendían, según las necesidades perentorias y las apetencias que tenía cada uno.

Afirma el abogado que ha intervenido en la reclamación al Supremo, –barón consorte-- que “Hoy en día los títulos nobiliarios son un derecho honorífico que no conlleva ningún privilegio.” Conviene matizar esa afirmación. Si haces un viaje por carretera por Extremadura, Andalucía, Salamanca y muchos otros lugares, buena parte de los kilómetros que hagas transcurriran junto a los numerosos y extensos latifundios que aún conserva la Casa de Alba. Por no hablar de la condición hereditaria del empleo de representación de imágen corporativa de la monarquía Borbónica en este país.

Hecha esa matización, es evidente que no es el afán de privilegios, sino la memoria sentimental y familiar, la que ha llevado al barón consorte a dedicar tres largos años a la preparación del caso jurídico que ahora se ha fallado a favor de su familia política.

Al parecer, en Heliópolis, el número de nobles con papel legal no rebasa las cuatro decenas. Una minoría, aún sin sus privilegios ancestrales, muy elitista. De los otros, de los que se comportan con nobleza, por ser un rasgo de su carácter, y merecen por sus hechos notables que se les reconozca su excelencia, no sabemos cuantos hay, porque no hay registro de ellos, aunque las distinciones que otorgan las instituciones premian a quienes destacan en el arte, las letras o las ciencias, no siempre son los que están, ni están los que son.

Del mismo modo, no todos los que ostentaron títulos de nobleza, tuvieron rasgos de carácter congruentes con ese reconocimiento. Ahí está el caso de Fernando VII, que fue rey de España de la dinastía Borbónica, cuyo retrato en el museo de San Pío V expresaba, --ignoro si todavía sigue allí-- con una fidelidad asombrosa, el gran hijo de puta que fue, como se puede confirmar acudiendo a cualquier historiador riguroso.

En fin. Nobles.
(Recomiendo la lectura del comentario sobre esta entrada dejado por Martín de Oleza, muy esclarecedor, al que pueden acceder pinchando la pestaña semioculta al pie de la entrada, o el título de la página en la lista que aparece a la derecha del blog)

LOHENGRIN. (CIBERLOHENGRIN.COM) 12-11-08.

1 comentario:

  1. Al fallecimiento de la última baronesa de Alcalalí (o Alcahalí originalmente), su única hija quedó ) huérfana, menor y en muy mal estado. la lergislación establece unos plazos anuales -3-consecutivos y excluyentes para solicitar un título por aquellos que se considren con derecho al mismo: el primero lo piden descendientes directos (hijos y nietos) el segundo hermanos y el tercero los demás. El barón de Carcer -entonces no había acumulado tantos títulos- aprovecho esa situación como hizo con otros para solicitarlo sin oposición presentandolo fuera de plazo, saltandose dos barones de Alcalalí con la consiguiente documentación, y mintiendo en el expediente; todo eso consta en mi demanda original. Lo cierto es que se lo dieron. Por tanto, creo resuelto sospecha de mercadeo, por otro lado lógica dado que es circunstancia que se ha dado, pero siempre entre parientes o mejor dicho, entre personas que tienen consanguinidad con el primer Marues, Conde, baron etc. Es falso que se pudieran comprar o vender títulos dado que intervenía el Ministerio fiscal hasta 1997. Pero se podía "arreglar" entre parientes utilizando ciertas técnicas jurídicas. Los Manglano las usaron, y adquirieron én muy añios un rico patrimonio titulado, si bien con dudosos métodos.
    En lo demás, comparto en lo sustancial su interesante artículo, por otro lado de impecable desarrollo, y me sumo a su alusión al mayor hijo de puta de entre todos los reyes españoles, que visto desde la distancia, conviene no olvidar que fue conocido en vida como "el deseado".

    Atentamente, Martín de Oleza, abogado, a como ud. prefeiere, barón de Alcalalí consorte.


    Por cierto, me costó dos años de investigación jurídica -pues es una materia en la cuesta adquirir un alto grado de especialización, y diez años de pleito (sept. 1998-sept 2008)

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